El sistema canovista:
Trataba de volver al régimen anterior al Sexenio revolucionario, cansada la clase burguesa de los cambios políticos (monarquía democrática de Amadeo I, república federal, república centralista). Canovas veía necesaria una nueva Constitución moderada y flexible, que estableciera unas "reglas de juego" abiertas, para recoger en su seno a todas las ramas del liberalismo, que evitara los pronunciamientos y mantuviera un orden político y público estables, basados en el equilibrio. La idea fundamental del sistema canovista era la soberanía compartida entre Rey y Cortes. Se basaba en la existencia de una "constitución histórica" de la Nación, es decir, las instituciones tradicionales - Rey y Cortes- Los partidos oficiales debían aceptar este principio de legalidad constitucional.
La Constitución de 1876:
La nueva Constitución fue promulgada en junio de 1876, tras escasos debates. Sus principales características eran:
Soberanía compartida (Cortes con el Rey) en la línea del liberalismo doctrinario.
Amplias atribuciones del monarca (convocar, suspender o disolver las Cortes). El rey mantiene el poder ejecutivo, la dirección del Ejército y ejerce un papel moderador.
Sistema bicameral: Senado mixto, con miembros de derecho propio y nombrados por la Corona y otros elegidos por las corporaciones y Congreso, con miembros elegidos por los ciudadanos. La Constitución no determinará el tipo de sufragio, remitiéndose a una Ley Electoral que establecerá el sufragio censitario y en 1890 el sufragio universal masculino.
Declaración amplia de derechos individuales, regulados por la legislación ordinaria. En la práctica los derechos quedaban limitados por leyes restrictivas. La ley de imprenta de 1879 consideraba delito todo ataque al sistema político y social de la Restauración.
En el ámbito religioso, se optó por la tolerancia del Estado confesional con otros cultos no católicos, aunque reconocía los privilegios tradicionales de la Iglesia católica; era una fórmula intermedia entre la libertad de cultos (1869) y la confesionalidad del Estado (1845).
El Estado se organizaba de forma centralista. Se controlaban los ayuntamientos - en las poblaciones de más de 30.000 habitantes, los alcaldes eran nombrados por el Rey -. Se establecía la unidad de códigos y la igualdad jurídica de los españoles, quedando abolidos los fueros de las Provincias Vascas, estableciendo la igualdad fiscal y de servicio militar para todos.
El turno de partidos:
El sistema estuvo controlado con la formación de dos opciones políticas representativas. Cánovas aglutinó las diversas fuerzas moderadas (nobleza, terratenientes, oligarquía de negocios, altos mandos del ejército, Iglesia) fundando el Partido Conservador, sostén de la monarquía alfonsina. El partido de la oposición dinástica fue el Partido Fusionista o Liberal de Sagasta, quién agrupó a partidarios de la Constitución de 1869, que pedían el sufragio universal. El sistema, parlamentario en la forma, distaba mucho del británico, al que Cánovas tomaba como modelo. Había un pacto entre ambos partidos de notables que establecieron un "turno pacífico" para gobernar y dejaban fuera al resto de los partidos. En la práctica este sistema sólo podía funcionar mediante el caciquismo. Los caciques, procedentes de la oligarquía terrateniente, controlaban la vida política, económica y social del país, especialmente en las zonas rurales. Para favorecer al partido al que le correspondía gobernar, se manipulaban y falseaban las elecciones y se utilizaba el pucherazo, o sea, la falsificación de las actas electorales.
A la muerte de Alfonso XII, en 1885, le sucederá como Regente su esposa Mª Cristina, manteniéndose el turno de partidos tras el llamado Pacto de El Pardo entre Canovas y Sagasta.
"...Creo en todas las escusas.
Creo en todas las razones.
Creo en todas las alucinaciones.
Creo en todas las mitologías, recuerdos, mentiras, fantasías, evasiones.
Creo en el misterio y en la melancolía de una mano, en la gentileza de los árboles, en la sabiduría de la luz."
Creo (fragmento final. J. G. Ballard)
Creo en todas las razones.
Creo en todas las alucinaciones.
Creo en todas las mitologías, recuerdos, mentiras, fantasías, evasiones.
Creo en el misterio y en la melancolía de una mano, en la gentileza de los árboles, en la sabiduría de la luz."
Creo (fragmento final. J. G. Ballard)
lunes, 7 de febrero de 2011
El sistema canovista, la Constitución de 1876 y el turno de partidos
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